Esta medida tiene por finalidad facilitar los mecanismos de gestión de conflictos que sufren los/ las consumidores/as
Conciliadores
Valeria BARCELÓ
María Gabriela BENENCIA
Gabriela Elizabeth BLASCETTA
María Inés CANESSA
Walter Adrián GOTTLIEB
Romina LARRAURI
Cecilia Elizabeth MINGARI
Rubén Fabián PAEZ
Graciela Haydeé PAGELLA
María Evelina PEPE
Rosario Marcela SANCHEZ
Por iniciativa de nuestra presidenta Rosario SÁNCHEZ, aprobado por el Consejo Directivo del Colegio de la Abogacía de La Plata, se aprobó un sistema de conciliación voluntaria destinado a consumidoras/es, quienes, a partir de ahora, podrán realizar un reclamo determinado ante una empresa proveedora de servicio, en nuestra institución.
Desde allí, se dispondrán los mecanismos de conciliación entre las partes. La iniciativa apunta a fomentar la especialización en derecho de consumo por parte de los profesionales, se informó en un comunicado.
Una vez expuesto el conflicto, el Colegio llamará a conciliación, donde se citará a las empresas o proveedores para tratar de llegar a un acuerdo. Y esto lo efectuarán abogados y abogadas especializados en derecho del consumo, donde esa especialización se la brindarán gratuitamente los profesionales del Colegio de la Abogacía.
“Ello implica mucho más que acceso a la jurisdicción, ya que la finalidad es que se brinde a los consumidores y usuarios acceder a sus derechos en forma sencilla, gratuita, rápida, y oportuna”
Rosario Sánchez.
Para hacer valer tus derechos, primero debes conocerlos
Se consideran consumidores hipervulnerables, a aquellos consumidores que sean personas humanas y que se encuentren en otras situaciones de vulnerabilidad en razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores.
Nadie puede negarte la entrada por cuestiones de identidad de género, orientación sexual, clase social, por el color de tu piel, o tu etnia. Merecés un trato digno de acuerdo a tu identidad de género autopercibida en cualquier establecimiento comercial.
Rechazá o cuestioná los ítems de tu resumen de tarjeta de crédito que no se correspondan con compras realmente hechas por vos.
Si encontrás errores así, acercate a tu banco, ya que es con quien celebraste el contrato, y completá el formulario de impugnación dentro de los 30 días corridos de haber recibido tu resumen.
Contás con 10 días de corrido para anular la aceptación de un producto o servicio comprado a través de Internet o de cualquier otra forma que implique que la oferta, propuesta o prestación del servicio se efectúe fuera del local o establecimiento comercial.
El plazo cuenta desde la fecha de entrega del bien o de la celebración del contrato (lo último que ocurra).
Es indispensable para ejercer este derecho de arrepentimiento, que se lo hagás conocer al proveedor de forma fehaciente (carta documento, por ejemplo), poniendo a disposición la cosa adquirida para su devolución.
La oferta que se realiza a las y los consumidores potenciales indeterminados, obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones.
Todos los productos gozan de una garantía legal mínima. Los productos nuevos tienen una garantía de 6 meses y los usados tienen sólo 3 meses de cobertura legal mínima.
Ese plazo de tiempo comienza a regir desde la entrega de esos productos.
El proveedor debe suministrar a las y los consumidores y usuarios información veraz, adecuada, oportuna y suficiente sobre las características esenciales de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización, para que al contar con toda la información necesaria la y el consumidor o usuaria/o tome decisiones conscientes y reflexivas.
Todas empresas proveedoras de servicios o de ventas por internet deben tener un BOTÓN DE BAJA a simple vista y de fácil acceso en sus portales web, para solicitar la baja del servicio contratado.