Servicios
Nuevo Servicio
El Colegio pone en funcionamiento un nuevo servicio destinado a las Mediadoras y Mediadores, así como a las abogadas y abogados, poniendo a disposición las salas de nuestro Centro de Mediación, para la realización de audiencias dentro de la instancia de Mediación Previa Obligatoria, en aquellas mediaciones, en que por las temáticas a abordar y/o cantidad de partes, se considere que existe un posible riesgo o tensión, resultando mas propicio la realización de la Mediación en un espacio diferente.
Legajos
El Centro de Mediación constituye un legajo para cada mediador. Comuníquese con el Centro si aún no tiene su legajo o quiere modificar la información del mismo.
Constitución de domicilio
La Disposición Nº425 de la Dirección de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del MJS exime del requisito de garantizar la atención al público para la recepción de requerimientos de mediación los días hábiles de 10 a 14hs. a aquellos Mediadores que hayan constituido domicilio en los Colegios de Abogados -lo que constará en planilla de Sorteo de Receptoría de Expedientes-.
Los mediadores que deseen hacer uso de este servicio gratuito deberán descargar el modelo de Convenio, completarlo e imprimirlo (hoja A4 doble faz), para luego suscribirlo y sellarlo personalmente en el Centro de Mediación del CALP de 9 a 13hs. personalmente en el Centro de Mediación del CALP de 9 a 13hs.
Convenio Constitución de Domicilio en el Centro de Mediación
Servicio de sobres
El Colegio de Abogados del Departamento Judicial de La Plata, a través del Centro, presta a los mediadores matriculados el servicio de recepción de sobres y su entrega al destinatario en la sede del mismo.
Buenas Prácticas
Estamos trabajando en un manual de buenas prácticas para los mediadores, a través de clínicas de mediación en las cuales intercambiamos opiniones respecto a cuestiones que ofrecen dificultades en el quehacer diario y que muchas veces no están especialmente previstos en la normativa aplicable. A medida que realicemos las clínicas subiremos las conclusiones de las mismas. Esperamos que sean de utilidad y los invitamos a proponer nuevos temas y a debatir en cada encuentro las opiniones en relación a ello.
Mediaciones Disciplinarias
En el Centro de Mediación, a requerimiento del Área disciplinaria del Colegio, a fin de propiciar la resolución de aquellas cuestiones implicadas en una denuncia disciplinaria formulada respecto a un abogado de la matrícula, que a veces se originan en malos entendidos, dificultades para localizar al profesional, problemas con la documentación, u otras causas. La mediación permite trabajar sobre estas cuestiones logrando, en muchos casos, la concreción de un acuerdo. Estas mediaciones son realizadas en forma gratuita.
Autoridades
LEONARDO JAVIER SCIANDA
Secretaria:
ADRIANA BEATRIZ GARCÍA
Secretaria:
GABRIELA ELIZABETH BLASCETTA
QUE ES LA MEDIACIÓN?
La mediación es un método de resolución de conflictos en virtud del cual un tercero, el mediador ayuda a facilitar el diálogo entre las partes involucradas en el mismo, para que analicen la posibilidad de lograr una solución de satisfacción mutua.
La Ley N° 13951 establece el régimen de Mediación como método alternativo de resolución de conflictos judiciales en el ámbito de la Provincia, declarándoselo de interés público, e indica que se caracteriza por los principios de neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y consentimiento informado, debiendo proveer el Estado la capacitación, utilización, promoción, difusión y desarrollo de la misma como método de resolución de conflictos, cuyo objeto sea materia disponible por los particulares (artículo 1°). Establece además dos tipos de mediación: Mediación Prejudicial Obligatoria y Mediación Voluntaria.
Acerca del Centro de Mediación
El Centro de Mediación del CALP fue creado en 1999 mediante Acta N° 1710 del 30 de setiembre de 1999, desarrollando tareas hasta el año 2001. Luego de un breve receso, retomó su actividad en el año 2003 y hasta la fecha ha desarrollado su actividad en forma ininterrumpida.
Normativa
LEY PROVINCIAL DE MEDIACIÓN JUDICIAL PREVIA OBLIGATORIA Nº 13.951.-
Decretos:
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Acordadas SCBA:
Reuniones
De interés
Mediación Voluntaria
La ley 13951 establece que Los Colegios Profesionales de la Provincia de Buenos Aires quedan facultados para crear Centros de Mediación, los que...
Mediación Prejudicial Obligatoria
Es una instancia obligatoria a todo juicio, con las exclusiones efectuadas en el artículo 4º de la Ley 13951. Tiene por objeto promover y facilitar...
Contacto
Ubicación: Avenida 13 Nº 831/833
Teléfono: (0221) 439-2215.
Horario: 8:00 a 14:00 hs.
Correo: mediacion@calp.org.
Jurisprudencia
Novedades
- LA PLATA. Cámara Primera en lo Civil y Comercial – SALA I .APLICACION art. 27 del decreto 2.530/10 HONORARIOS PROVISORIOS CONFORME EL VALOR DEL IUS DEC. LEY 8904 A LA FECHA DEL CIERRE DE LA MEDIACIÓN DIAZ SILVANA DANIELA C/ PADRO CARLOS GUSTAVO S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951. Juzgado 10 La Plata
- Cámara Lomas de Zamora. Sala I «ESCOBAR VÍCTOR EDUARDO C/ PEREZ OSCAR ALBERTO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)»Aplicación en Cámara Fallo “Morcillo” en cuanto al valor del Ius por los honorarios devengados y desarrollados conforme vigencia Dec Ley 8904 y prospera apelación de la mediadora por bajos. Modifica regulaciones.
- Cámara I Sala II La Plata. «RODRÍGUEZ ORLANDO NICOLÁS Y OTRO/A C/ SAMSUNG ELECTRONICS ARGENTINA S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL.» Revoca sentencia de primera instancia que desestimó la determinación de honorarios de la mediadora por haber sido la causa del reclamo principal una acción de daños y perjuicios iniciada por progenitores por el daño causado su hijo menor de edad.
- CÁMARA DE DOLORES»BRIGNOLES, MARIA JUANA S/ MATERIA A CATEGORIZAR”
- Cámara Lomas de Zamora .”PEREYRA JUAN MANUEL C/ ACEVEDO JORGE ESTEBAN S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951” . Aumenta regulación provisoria de 4 a 9 Ius. No hay parámetro de valoración de desproporción por no existir causa principal iniciada.
Usucapión y los Honorarios del Mediador
No Aplicación del Prorrateo 730 CCyCN
- SALA II CÁMARA SAN ISIDRO.- “VITULLO, MARIANO MATÍAS C/ BUSTOS, DIEGO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”
- SAN NICOLÁS JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 1.”TABORDA CARLOS ALBERTO y otro/a C/ LEZCANO DIEGO y otros S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)”
- CÁMARA QUILMES SALA II.“ESTIGARRIBIA RICARDO ERNESTO C/ SPERANZA MARIA ANGELICA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES Y COMERCIALES”
- LOMAS DE ZAMORA. Juzgado Civil y Comercial Nº 6 aplica art. 27 Decreto 2530/2010 “ESPINDOLA OSCAR ALBERTO Y OTRO/A C/ FIEL SERGIO DANIEL Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)”
- SAN ISIDRO Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial – Sala II aplica art. 27 Decreto 2530/2010 “MUMANY ALEJANDRA ANAHI Y OTRO/A C/ JUAREZ ALEXIS PATRICIO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
- LA PLATA CAMARA II Sala I “ATUN ELISABET NORMA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA Y OTRO/A S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951” RECHAZA APELACION Federación Patronal Seguros S.A argumentos 730 CCYCN
- CAMARA DE APELACIONES SAN NICOLAS. HONORARIOS DEL MEDIADOR NO INTEGRAN EL PROCESO JUDICIAL. “BENGOLEA CARLOS ALBERTO C/ CLUB DE REGATAS SAN NICOLAS S/CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES.”
- CAMARA DE APELACIONES DE JUNIN. “MORILLAS ANDREA C/ SOSA GUZZO ANA LUZ Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)”
- Cosentino Eduardo David C/ Cervan Carlos Diego S/Daños Y Perj.Autom. C/Les. O Muerte (Exc.Estado)
- San Martín Miguel Elias c/ Seco Juan Carlos Alberto y otro/a s/ Daños y Perj. Autom. c/Les. o Muerte (Camara II Sala I La Plata)
No Pago Bono Ley Ni Jus Previsional Mediadores
Honorarios Tabulados por Ley. Revocación Declaración de Inconstitucionalidad Art. 27 Del Decreto Reglamentario 2530/2010
- CAMARA LOMAS DE ZAMORA SALA II. “INSUA LEANDRO JAVIER C/ PEREIRA JOSEFINA PILAR S/COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)”
- CÁMARA DE APELACIONES DE LOMAS DE ZAMORA. SALA II. Rechaza planteo de inconstitucionalidad de la aseguradora y aplica el art. 27 del decreto 2530/2010 “ESPINDOLA SILVIA ANALIA C/ EXPRESO VILLA GALICIA SAN JOSE S.A. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)”
- CÁMARA DE LOMAS DE ZAMORA SALA I. REVOCA SENTENCIA QUE DECRETO DE OFICIO DECLARACION INCONSTITUCIONALIDAD del artículo 31 de le ley 13.951 y del Decreto Reglamentario 2530/10 “CORDOVA MABEL GRACIELA C/ SILES CRISTIAN DANIEL S/EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951”
- CÁMARA DE DOLORES»BRIGNOLES, MARIA JUANA S/ MATERIA A CATEGORIZAR”
- Cámara Lomas de Zamora .”PEREYRA JUAN MANUEL C/ ACEVEDO JORGE ESTEBAN S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951” . Aumenta regulación provisoria de 4 a 9 Ius. No hay parámetro de valoración de desproporción por no existir causa principal iniciada.
Intimacion A Las Partes A Presentar El Acuerdo Extrajudicial. Base Regulatoria
Acuerdo Presentado por la Requirente Ante La Intimación de la Ejecución. Obligado al Pago Honorarios del Mediador Estipulado en el Acuerdo Desconocido por el Mediador.
Honorarios Mediación. Aplicación Tasa Activa Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Determinacion de los Honorarios Mediador. Imposicion de Costas. Principio de la Derrota
Ejecucion De Honorarios
- LA PLATA. Cámara Primera en lo Civil y Comercial – SALA I .APLICACION art. 27 del decreto 2.530/10 HONORARIOS PROVISORIOS CONFORME EL VALOR DEL IUS DEC. LEY 8904 A LA FECHA DEL CIERRE DE LA MEDIACIÓN DIAZ SILVANA DANIELA C/ PADRO CARLOS GUSTAVO S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951. Juzgado 10 La Plata
- CAMARA LOMAS DE ZAMORA SALA III “MIGLIORETTI MAGDALENA RAQUEL C/ ALVAREZ OLMEDO MARIA S/EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951”
- CÁMARA SAN NICOLAS “ZANINI, MIRTA ROSA C/ BEYER, FERNANDO S/ EJECUCIÓN DE HONORARIOS DE MEDIACIÓN LEY 13.951”
- LOMAS DE ZAMORA CAMARA SALA III “VALSECCHI LEONARDO JOSE C/ GHIGLIOTTO MARIA TERESA Y OTROS S/EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951”
- LOMAS DE ZAMORA (SALA II) – ACTA DE CIERRE: TÍTULO EJECUTIVO “PEREYRA JUAN MANUEL C/ ALDERETE DAVID Y OTRO/A S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951”
- LA PLATA cámara II sala II “FRAGA FRANCISCO GABRIEL C/ CUADRA MARCELO OSCAR S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951” juzg 5
- Cámara I Sala II La Plata. «RODRÍGUEZ ORLANDO NICOLÁS Y OTRO/A C/ SAMSUNG ELECTRONICS ARGENTINA S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL.» Revoca sentencia de primera instancia que desestimó la determinación de honorarios de la mediadora por haber sido la causa del reclamo principal una acción de daños y perjuicios iniciada por progenitores por el daño causado su hijo menor de edad.
- Juzgado 10 La Plata. «DIAZ SILVANA DANIELA C/ PADRO CARLOS GUSTAVO S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951.»