Recursos y medidas para personas en situación de violencia.
Tipos de ViolenciaAsesoramiento y atención a Mujeres y LGTBI+ en situación de violencia
Por los derechos de las mujeres y LGBTI+, frente a toda forma de desigualdad y violencia.
Es anónima, gratuita y nacional.
Te orientarán, te asesorarán y te darán contención. Las personas que te atienden en la línea nacional 144 son profesionales capacitados.
La llamada al 144 no es una denuncia policial. 24 horas todos los días.
Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad
Si no podés hablar
La linea 144 dispuso lineas de atención por whatsApp y Telegram, asi como tambien un correo electrónico.
Violencia Familiar o Sexual y/o Grooming
La Línea 137, destinada a brindar contención, asistencia y acompañamiento a víctimas de violencia familiar y/o sexual y de grooming.
También podés comunicarte por Whatsapp al 54 9 1131331000.
Acompañamiento, Asistencia y Orientación en Salud Mental
Todos los días, durante las 24 horas, se brinda asistencia, acompañamiento, atención remota y derivación a un efector local, en caso de ser necesario.
Comunicate por Mesajeria de texto a traves de WhatsApp o Telegram o bien via mail.
¿Qué tenés que hacer si te agreden, escuchás, ves o sabés de una agresión a otra mujer?
- Llamá al 144
- si no podes hablar envia un mensaje por Whatsapp
Te orientarán, te asesorarán y te darán contención. Las personas que te atienden en la línea nacional 144 son profesionales capacitados. La llamada al 144 no es una denuncia policial.
Normativa
¿Atención y Asistencia a personas víctimas de violencia?
DDI:
Si quieres realizar una denuncia de Abuso Sexual.
Centro de Atención a Delitos contra la Integridad Sexual.
Calle 61 Nº875 entre 12 y 13
Teléfono 0221 423-1825
OFICINA DE DENUNCIAS Y CENTRO DE ASISTENCIA A LA VÍCTIMA:
Lunes a viernes de 8 a 14 horas.
Calle 7 entre 56 y 57
Teléfono 0221 4274986 4274991 4121200 (interno 1540)
cav.lp@mpba.gov.ar
TRATA
PROGRAMA DE RESCATE Y ACOMPAÑAMIENTO DE VÍCTIMAS DE TRATA.
Teléfono 0221 4946771 /2212244346 / 2215678601
programarescatebaires@mjus.gba.gob.ar
DIRECCIÓN DE GÉNERO Y DIVERSIDAD PROSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS.
Lunes a viernes de 8 a 15 horas.
Avenida 7 Nº 776, edificio de la presidencia, oficina de la prosecretaría de DD.HH, (entrepiso)
Teléfono: 22164447015
DIRECCIÓN DE GENERAL DE POLÍTICAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD
Lunes a viernes de 9 a 13 horas
Avenida 7 Nº 850 esquina 49, Piso 1
Oficina:0221 5128546 / 4254229
WhastApp: 221 5703534
Acompañamiento, asistencia y orientación en salud mental
Colegio de la Abogacía de La plata
Avenida 13 Nº 821/29, La Plata
Teléfono: 4392222
info@calp.org.ar
protección integral para niños niñas y adolescentes
Abogada/o de niñas niños y adolescentes
Asesoramiento y patrocinio letrado
Teléfono: 0221 4392215
WhatsApp: 02214286865
Programa Niñez, Derechos Humanos y Políticas Públicas – Extensión UNLP.
Los días martes en el horario de 14 a 17 horas, en el Edificio Karakachoff (calle 48 entre 6 y 7), Piso 7, Oficina 102.
Teléfono: 2216442070 Interno 192.
programandhpp@jursoc.unlp.edu.ar
Líneas telefónicas
Es un servicio gratuito y confidencial, de atención especializada sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes. 24 horas todos los días del año.
¿Dónde formular la denuncia frente a una situación de violencia contra la mujer?
Comisarías de la mujer.
Para realizar la denuncias las 24 horas los 365 días del año.
La Plata
Calle 1 N° 523, entre 42 y 43.
Teléfono: 0221 4231826.
Ensenada
Leandro N. Alem N° 550, e/ Illia y Perón.
Teléfono: 0221 4602186.
Berisso
Avenida Montevideo esquina 41 – Los Talas
Teléfono: 0221 4621295
Unidad Fiscal Especializada Nº 13
Para realizar la denuncia cuando una situación de violencia constituye un delito previsto en el código penal.
Calle 7 entre 56 y 57. Subsuelo.
Tel.: 221 4277496
DENUNCIA ONLINE:
A traves de la App del Ministerio de Seguriadad
Línea para llamadas telefónicas. Si te encontrás en una emergencia. Las 24 hs todos los días del año.
Si necesitas Patrocinio Gratuito para Solicitar una Medida de protección
Dirección General de Accedo a la Justicia
Atención presencial de 9 a 12:30 horas,
Lunes: calle 25 Nº 1443
(Pastoral Social La Plata)
Martes: Calle 11 esquina 490
(Comedor «Pan de Vida» de Villa Casteles)
Miércoles: Calle 208 y 531,
Abasto (Mte. Rural)
Viernes: calle 66 151 y 153
Unidad de Pronta Atención (UPA)
9 a 15 horas.
Al telefono 01156918730
Área de Procesos Urgentes (APUR)
Lunes a viernes de 8 a 14 horas
Calle 14 Nº 824, Piso 2
Teléfono: 0221 67164687 / 0221 3143235
Consultorios Jurídicos Gratuitos de la UNLP
consultorios@jursoc.unlp.edu.ar
Teléfonos: 02216442070/06 interno 115
Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género – CAV-
Facultad de Cs. Jurídicas y Sociales UNLP
Teléfono: 6442070, interno 156
cavjursoc.wordpress.com
Instagram: @cav.jursoc
violenciadegenero@jursoc.unlp.edu.ar
Tus Derechos
¿Qué derechos tengo si sufro de violencia?
- Tenés derecho a que te asistan.
- Tenés derecho a que te traten con respeto.
- Tenés derecho a que te protejan.
- Tenés derecho a acceder gratuitamente a la justicia.
- Tenés derecho a recibir dinero por los daños que sufriste.
- Tenés derecho a que te informen qué hacer si te agreden y adónde ir para recibir ayuda.
¿Quiénes pueden hacer la denuncia?
- Si fuiste agredida, vos y cualquier otra persona que sepa de la agresión pueden hacer la denuncia.
- Si trabajás en un centro de salud, en una escuela o en un centro asistencial y ves o te enterás de un hecho de violencia, tenés la obligación de hacer la denuncia.
Tipos de violencia
Violencia Física
La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física.
Violencia Sexual
Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.
Violencia Política
La que se dirige a menoscabar, anular, impedir, obstaculizar o restringir la participación política de la mujer, vulnerando el derecho a una vida política libre de violencia y/o el derecho a participar en los asuntos públicos y políticos en condiciones de igualdad con los varones.
Violencia Psicológica
La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación.
Simbólica
La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
Económica y Patrimonial
La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de:
a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;
b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales;
c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna;
d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
Modalidades
Violencia Doméstica
Violencia doméstica contra las mujeres: aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia;
Violencia Institucional
Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil;
Violencia Laboral
Violencia laboral contra las mujeres: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral;
Violencia contra la Libertad reproductiva
Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;
Violencia obstétrica
Aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929.
Violencia Mediática
Violencia mediática contra las mujeres: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
Violencia contra la Libertad reproductiva
Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;
Violencia pública-política
Violencia pública-política contra las mujeres: aquella que, fundada en razones de género, mediando intimidación, hostigamiento, deshonra, descrédito, persecución, acoso y/o amenazas, impida o limite el desarrollo propio de la vida política o el acceso a derechos y deberes políticos, atentando contra la normativa vigente en materia de representación política de las mujeres, y/o desalentando o menoscabando el ejercicio político o la actividad política de las mujeres, pudiendo ocurrir en cualquier espacio de la vida pública y política, tales como instituciones estatales, recintos de votación, partidos políticos, organizaciones sociales, asociaciones sindicales, medios de comunicación, entre otros.’